Ley de Seguridad Privada: Claves del proyecto

Ley de Seguridad PrivadaLa nueva Ley de Seguridad Privada es ya una realidad. Una legislación que trata de poner al día la norma anterior de 1992. ¿Cuáles son las claves de este proyecto?

Hace unos días en Seguridad al día les hablábamos sobre la Ley de Seguridad Privada y de cómo ésta afectaba directamente a los detectives privados. Sin embargo hoy lo que porponemos es exponer cuáles son las principales claves de este proyecto legislativo.

Cabe destacar que se trata de una nueva ley que afecta a un sector en pleno auge en España, del que forman parte 1.490 empresas, con 85.000 trabajadores y que tuvo una facturación de 3.215 millones de euros en 2012.

Y es que España es uno de los Estados miembro de la Unión Europea con más policías por habitante (516 agentes por cada 100.000 habitantes, frente a los 385 de media de la UE). Sin embargo, el número de vigilantes privados se sitúa en 195 por cada 100.000 habitantes, 76 menos que la media de Europa (271 en total).

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, justifica la nueva Ley de Seguridad Privada porque la anterior, “21 años después de su aprobación, ha quedado ampliamente superada por la realidad y ha puesto de manifiesto sus insuficiencias y lagunas”.

Estas son las claves de la Ley de Seguridad Privada 2013:

– El nuevo texto define la seguridad privada como complementaria, subordinada, colaboradora y controlada por la seguridad pública.

– A partir de ahora, la ley recoge el deber de comunicar los contratos al Registro Nacional de Seguridad Privada, sin que dicha comunicación incluya datos de carácter personal.

– Se refuerza el deber de reserva profesional de los detectives, que solo podrán informar de sus investigaciones a sus clientes o a los órganos judiciales y policiales en el ejercicio de sus funciones.

– Los detectives tendrán nuevas obligaciones que consisten en documentar los encargos en un contrato escrito, y además de libro-registro que ya llevan, tendrán que elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos.

– Liberalización de la consultoría de seguridad. Si antes era necesaria la elaboración de análisis de riesgos, informes, planes y auditorías de sistemas de seguridad, todas ellas, actividades de seguridad privada que requerían autorización, a partir de ahora se sustituyen determinadas autorizaciones previas para el ejercicio de ciertas actividades por declaraciones responsables, sin perjuicio de la facultad de comprobación administrativa.

– Los servicios que no podrán realizar las empresas de seguridad privada son los de investigación privada, reservados a las agencias de detectives.

– La nueva ley incluye la prohibición de usar servicios materiales o técnicos «que atenten contra el derecho a la intimidad, la imagen o el secreto de las comunicaciones».

– Los informes deberán conservarse archivados cinco años y las imágenes se destruirán un año después de su finalización salvo que estén inmersas en una investigación judicial.

– El sector podrá llevar a cabo labores de vigilancia exterior de las cárceles, de los Centros de Internamiento de Extranjeros y de otros edificios e instalaciones de organismos públicos bajo supervisión de las fuerzas de seguridad.

– Una vez aprobada la ley, los investigadores privados tendrán que contar con la titulación de grado en esa especialidad y tendrán que acceder a la profesión mediante una formación reglada propuesta por el Ministerio de Educación, frente al actual sistema que regula ese acceso a través de unas normas que fija el Ministerio del Interior.

Claves de la Ley de Seguridad Privada

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